La corporación minera Barrick Gold tendrá que interrumpir el proyecto de explotación de la mina de oro ubicada en la Sierra Andina, del lado chileno, debido a una medida cautelar emitida por la Corte de Apelaciones de Copiapó, en el departamento de Atacama, que dio lugar a los reclamos de cinco comunidades indígenas Diaguitas que acusaron a la Barrick de la destrucción de los glaciares y de contaminar los recursos hídricos de la zona. El proyecto Pascua Lama está ubicado en la frontera de Chile y Argentina, la medida cautelar no afecta la explotación del lado argentino pero los ambientalistas de esta nación han tomado como una buena noticia el precedente jurídico que ordena a la Barrick a detener de inmediato sus trabajos en la zona.
Esta no es la primera vez que Barrick recibe un fallo judicial en su contra proveniente de los tribunales chilenos, ya en el 2006 le fue anulado un contrato de compra de terrenos que ellos habían adquirido con fines de explotación minera sin haberlo especificado en el contrato de compra. En esa ocasión la Cuarta sala de la Corte de Apelaciones revocó el fallo porque en el Tribunal de la 14º civil, donde se falló en primera instancia, no se agotaron todos los tecnicismos legales a la hora de notificar a las partes.
Los dominicanos tenemos que estar pendientes de estos fallos en contra de los abusadores de la Barrick. Esos mismos precedentes jurídicos pueden ser utilizados en nuestra nación para hacer respetar el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminaciones, el derecho a cuidar nuestros ríos, a mantener la salud, y a no ser estafados por estos individuos que creen que todavía estamos en tiempos de la colonización.
¡Alerta dominicanos!
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